Ir al contenido principal

La interpretación: Pluralismo e innovación

 



 "Si te enseño. el juego, tendrás que interpretarlo de nuevo"

(Hans Sachs en Die Meistersinger von Nurenberg, acto 3)

"Una interpretación buena o exitosa es una explicación buena o verdadera de algo que tiene significado cuando explica o muestra significado y su producto son interpretaciones, y haré hincapié en al distinción sólo cuando deba hacer alguna observación específica. Al igual que muchas otras actividades y sus productos, las interpretaciones sin éxito son también interpretaciones, aunque algunas interpretaciones son tan malas que ya no valen como interpretaciones" (p. 305) 

"Es una verdad conceptual que todas las interpretaciones se proponen explicar o mostrar el significado de un objeto, donde esto no quiere decir que son actividades, o productos de actividades, cuyo éxito es debidamente juzgado por su acierto al ofrecer tales explicaciones o definiciones. Esto ayuda a direccionar el análisis pero no es en sí mismo muy iluminante. "Significado" es, en todo caso, incluso más amorfo y plástico que "interpretación". (p. 306)

1. ALGUNAS CARACTERÍSTICAS BÁSICAS: 

"Un análisis sobre la interpretación debería responder a tres preguntas, las preguntas qué, por qué y cómo, es decir, ¿qué es la interpretación?, ¿por qué involucrarse en ella?, ¿cómo llevarla a cabo? 

¿Qué es la interpretación? 

Comenzamos con características del concepto que resultan evidentes a partir de los estándares que la gente aplica cuando lo usa, es decir, los estándares mediante los cuales la gente juzga su uso correcto: i.e. partimos de la práctica de la interpretación. Esta determina restricciones (no necesariamente rígidas) a cualquier análisis posible. También da lugar a los problemas con los cuales se enfrenta su análisis: 

Caracterizada de manera aproximativa, la interpretación presenta siete notas características: 

1) Es una explicación o (en las interpretaciones performance) una representación de su objeto. 

2) Explica a un objeto haciendo claro su significado.. Sólo aquello que tiene significado puede ser interpretado. 

3) Algunas interpretaciones son buenas y otras malas, y algunas son mejores que otras. Esto no equivale a decir que todas las interpretaciones pueden ser ordenadas en un ranking de acuerdo a cuán buenas sean. Algunas son inconmesurables. 

4) Una buena interpretación es aquella que explica el significado de su objeto y en consecuencia el objeto que tiene ese significado, de manera tal que la audiencia, si lo intenta, efectivamente lo entiende. 

Estas cuatro características probablemente son verdaderas de la interpretación en general. La clase especial de interpretación de la que me ocuparé comparte esas cuatro propiedades, aunque posee tres más: 

5) Una buena interpretación provee comprensión, no meramente conocimiento. Esto excluye por sí mismo, el significado que aporta un diccionario, la sustitución de sinónimos por sinónimos, la traducción: es decir, excluye el significado semántico. 

6) Pluralismo interpretativo Puede existir más de una interpretación buena de objetos con significado. 

7) Algunas interpretaciones buenas son innovadoras, en un sentido fuerte. Es decir, no son sólo nuevas simplemente en el sentido de que habían sido desconocidas hasta ahora por alguien o todos. Son innovadoras en el sentido de que el significado que explican no es uno que el objeto posesa con independencia de ellos. 

Una clarificación importante: hablaré de interpretaciones de una clase que puede ser innovadora y que tolera interpretaciones buenas en conflicto. Lo relevante es aquello que resulta posible de acuerdo a las normas que establecen los estándares de corrección para la interpretación, antes que las propiedades de cualquier interpretación en particular. La idea es que incluso la interpretación no innovadora, que conserva, o las interpretaciones que recuperan, están afectadas por el hecho de que son una clase que tolera alternativas innovadoras de ellas. 

3. LOS PROBLEMAS DEL PLURALISMO Y LA INNOVACIÓN: 

La idea es que múltiples interpretaciones incompatibles del mismo objeto pueden ser todas buenas. Entender en qué sentido las interpretaciones pueden ser incompatibles no es una tarea sencilla, y dudo de que sea posible promover una definición informativa formal. 

Sin embargo, sólo indicar la pluralidad de significados  - en el sentido de que "banco" significa tanto el banco de arena en un río y el banco de High Street - hace inexplicable qué hay de especial en el pluralismo interpretativo (p. 308). 

Quizá de manera esperable, la explicación del pluralismo está estrechamente ligada a la explicación de la innovación, y me centraré en la posibilidad de las interpretaciones innovadoras (p. 309). 

Una consideración preliminar puede ayudar a mitigar este aparente dilema. Las interpretaciones poseen un objeto dual: explican el objeto y también su significado, y hacen lo primero hacer lo segundo. 

Tomemos un ejemplo: si se le considera convincente, la interpretación que hace Freud de Hamlet puede hacer cualquier cosa salvo vengarse con el hombre que eliminó a su padre y tomó el lugar de su padre con su madre, el hombre que llevó al acto que para Hamlet eran deseos reprimidos de su propia infancia. En consecuencia el odio que debería dar lugar a la venganza se reemplaza por reproches a sí mismo, por escrúpulos de conciencia, los cuales recuerdan que él mismo no es realmente mejor que el peor a quien castiga. (P. 309 - 310) 

3. LOS OBJETOS DE LA INTERPRETACIÓN: LOS BIENES CULTURALES: 

"La clave se encuentra en la naturaleza de los objetos de las interpretaciones. Central para mi análisis de la interpretación es que los típicos objetos de interpretación constituyen lo que llamo bienes culturales, es decir, cosas cuyo significado depende de prácticas culturales. Constituyen "bienes" en un sentido amplio. Incluyen objetos, relaciones, actividades, instituciones y tantas otras cosas que pueden ser buenas o malas". 

"Una característica común a todos los bienes culturales es que para beneficiarse de ellos uno tiene que tener cierto conocimiento de los mismos"

Mi habilidad para leer con comprensión y placer "Guerra y Paz" de Tolstoi o de leer o presenciar con comprensión y placer "Las Nubes" de Aristófanes depende de la existencia actual o pasada aquí o en otro lado, de una cultura donde la gente escribe, lee y discute novelas y obras. (p. 312) 

4. EL ARGUMENTO DE LA INEVITABILIDAD RELATIVA 

Las performances o la ejecución: 

1) No muestra que todas las maneras de representar la obra son aceptables. Algunas pueden ser inconsistentes con el texto de manera tal que resultan inadmisibles. 

2) No muestra cada vez que un actor recita algunas líneas o se mueve en el escenario, ella o él está interpretando e papel, y mucho menos que lo esté haciendo de una manera innovadora

3) La ilustración otorgada se refiere a un caso donde la interpretación innovadora es inevitable. 

4) La inevitabilidad de la interpretación innovadora depende de la existencia de la indeterminación del significado. Pero tal indeterminación no es en si misma suficiente para requerir interpretación innovadoras. 

5) Tampoco es suficiente a fin de que sean necesarias una interpretación innovadora el hecho de que la interpretación a ser representada requiera que se adopte algún estilo de presentación. 

El contenido de las normas está limitado, al contenido de las prácticas que las sustentan (p. 316). 

5. EL ARGUMENTO DE LA DEPENDENCIA SOCIAL: 

"Las propiedades que determinan que una interpretación es de las buenas son propiedades de su objeto, su contexto, así como verdades generales (por ejemplo acerca de la psicología humana). Estas no se limitan a aquellos aspectos del objeto y el mundo que son generalmente conocidos o tomados como importantes. La determinación de qué significados ya tiene el objeto y qué significados son nuevos depende de las contingencias de las normas que fijan el significado y de nuestro conocimiento de otras cuestiones (v. gr. la psicología humana) relevantes para la interpretación. 

Un modo de entender cualquier objeto de interpretación que nunca fue pensado o concebido antes es una nueva forma de comprensión, y la interpretación que la propone es innovadora por el simple hecho de que no fue pensada con anterioridad" (p. 317). 

Para ver por qué esto es así, para entender la fragilidad y contingencia de las interpretaciones, tenemos que examinar las normas que gobiernan su éxito y eso nos lleva a la segunda pregunta de las tres que formulamos al inicio: ¿por qué interpretar? pues porque las consideraciones que determinan el éxito en la interpretación depende de las razones para interpretar. Dicho de modo breve y crudo, dado que las razones que uno tiene para interpretar son razones para interpretar bien, son interpretaciones buenas aquellas que satisfacen las razones que tenemos para interpretar. (p. 318). 

6. ¿POR QUÉ INTERPRETAR? 

¿Cuál es el objetivo de la interpretación innovadora? 

Es cierto que cuando el objeto de una interpretación tiene una pluralidad de significados no podemos comprenderlos salvo mediante una pluralidad de interpretaciones. 

Estamos buscando una respuesta a nuestra segunda pregunta ¿por qué interpretar? La respuesta será diferente dependiendo del ámbito. Pero las diferentes respuestas tienen algo en común. Todas muestran el propósito de dar espacio a la variedad dentro de un marco más o menos restrictivo de continuidad, el cual termina por fijar una columna vertebral común robusta a partir de la cual tienen lugar diferentes variaciones (p. 321). 

6.1. Las Artes: 

"Una característica de las obras de literatura y del arte en general es que su significado es independiente de la biografía e intención de los autores. 

Después de todo aprendemos más acerca de Shakespeare leyendo La Tempestad que lo que aprendemos acerca del significado de la Tempestad a partir de lo que sepamos de Shakespeare (p. 321). 

6.2. Las relaciones personales: 

"Toda cultura reconoce una gama de relaciones personales tales como la relación entre padres e hijos, o con amigos. Estas relaciones están constituidas por normas que determinan qué conducta es apropiada entre las personas de la relación, entre, por ejemplo, padres e hijos, así como también con los hijos de otras personas. Estas normas también identifican algo más general: determinan lo que se supone (what is expected to be) que es el significado de las relaciones para sus participantes. 

6.3. El derecho 

El derecho está al tanto de la necesidad de cambio, como así también de los variados métodos de cambio. Las interpretaciones jurídicas innovadoras permiten el cambio dentro de una continuidad. Es particularmente útil lograr una integración más amplia, y un ajuste intersticial dentro de los marcos jurídicos existentes. Existen cuatro factores generales que establecen la deseabilidad de tales interpretaciones, los cuales van bastante más lejos que el argumento que sostiene que a veces es inevitable: 

1) Existe una necesidad de ajustar el derecho cuando el derecho es defectuoso

2) Existe una necesidad de integrar diferentes normas jurídicas y regulaciones en un cuerpo coherente de derecho, esto es, un corpus juridico que tiene sentido en términos doctrinarios. 

3) Existe una necesidad inevitable de resolver conflictos e indeterminaciones en el derecho 

4) Existe la necesidad de integrar el derecho y la moral (p. 322). 

7, EL PAPEL DE LA AUTORIDAD: 

"Mi explicación de cómo las interpretaciones innovadoras puede jugar un papel positivo en el derecho se basó sin embargo, en la presupuestos que tienen que explicitarse. Existen dos problemas a tener en cuenta: primero, he estado tomando las interpretaciones jurídicas innovadoras como interpretaciones que cambian el derecho. Segundo, al decir explícitamente, que las interpretaciones innovadoras dan lugar al cambio circunscrito dentro de un marco continuo, no he dicho nada respecto de dónde viene ese límite. 

Las interpretaciones innovadoras nos muestran nuevos modos de comprender su objeto. Al hacer esto establecen nuevos significados, dado que los significados no son más que modos de comprender los objetos que los portan (...) Esto es a lo que normalmente nos referimos cuando decimos que su significado ha cambiado. 

El derecho es una estructura de autoridad, y central para su funcionamiento es la interacción entre legisladores y otras autoridades, por un lado, y los tribunales, a quienes se les confía la generación de interpretaciones autoritativas de sus normas, por el otro. Las interpretaciones judiciales son autoritativas al vincular a los litigantes, sean correctas o no: 

La definitividad de las decisiones judiciales es una característica esencial del derecho y del proceso judicial. Se muestra en doctrinas como la de las res judicata y el non bis idem. En la medida en que la interpretación judicial es parte del proceso dirigido a obtener una decisión autoritativa su papel es opuesto al papel de las interpretaciones de las obras de arte o de las relaciones sociales. Su papel es dar un espacio para la diversidad e individualidad dentro de un marco medianamente estable, sino asegurar uniformidad al menos en la acción (aunque no la logre en la opinión). Para cumplir sus papeles las decisiones de los tribunales no tienen que ser reconocidas como justificadas o correctas, tienen que ser reconocidas como vinculantes. 

8. LOS LÍMITES DE LA INTERPRETACIÓN: 

"La pregunta sobre qué limita una interpretación innovadora es respondida de todos modos de una manera similar está limitada por los significados existentes y las normas de interpretación, las cuales determinan, incluso en las interpretaciones innovadoras, cuáles son buenas y cuáles no, aunque por supuesto en relación con los significados existentes no consiste en una reproducción, sino en una variación, contravención, etc., dependiendo de la estrategia interpretativa reconocida por la práctica (literatura, derecho, etc.) en cuestión. 

Una conclusión importante es que las restricciones de la interpretación están siempre en movimiento continuo. Se suele asumir que si el objeto de la interpretación debe restringir la interpretación, se sigue que las características limitadoras deben ser aquellas que pertenecen al objeto de una vez y para siempre que limita la interpretación del mismo modo siempre. Esto es un error. Las restricciones incluyen los significados del objeto y pueden cambiar a través del tiempo. Obviamente, la misma conclusión se sigue del hecho de que las normas que gobiernan las interpretaciones están basadas en la práctica y por tanto sujetas a cambio" (p. 327). 

8. ¿CÓMO INTERPRETAR? 

"Ya se debe haber notado que todavía no afronté mi tercera pregunta, pregunta que cualquier análisis de la interpretación debe enfrentar ¿cómo se lleva a cabo la interpretación? Sin embargo, siento que he dicho las cosas más importantes sobre eso. Aprendemos cómo interpretar dentro de un ámbito o una tradición o familiarizarnos con la tradición y absorber sus modos, los cuales incluyen la libertad de innovar, entendida esta como alguno que sucede dentro de aquella. No existen recetas universales útiles para la interpretación. (p 327)". 

"La realidad teórica puede ayudar. Pero ayuda al hacernos conscientes de la naturaleza de la interpretación y las diversas razones para involucrarse en ella, no mediante la provisión de recetas para la interpretación correcta. Algunas veces, por ejemplo en el derecho, hay reglas de interpretación específicas, pero nunca son guías exhaustivas y constituyen reglas locales susceptibles de cambio., La única verdadera guía general se encuentra en la comprensión de para qué existe la interpretación" (p. 329)

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿Qué significa interpretar e interpretación del derecho?

  LECCIÓN 21.  Luis Prieto Sánchiz. Libro. Apuntes de la Teoría del Derecho, Madrid, Trotta, 2005, pp. 225 y ss.  LA INTERPRETACIÓN DEL DERECHO   1. Objeto y alcance de la interpretación jurídica:  "Intérprete", "Interpretar", "Interpretación" son términos que se usan en los más variados contextos lingüísticos, a veces es bastante heterogéneo o separados entre sí: se interpreta una obra de teatro, un texto literario, un hecho histórico, pero también, por ejemplo, se interpretan los sueños, las cartas del tarot e incluso, últimamente, se habla de cómo interpreta el fútbol este o aquel jugador. Tal vez deberíamos preguntarnos qué tienen en común estos diferentes usos, o más exactamente, si el empleo del término "interpretar" hace de todas estas actividades especies del mismo género. Sin embargo, es probable que, más allá de alguna idea superficial y sumamente genérica, no fuéramos capaces de ofrecer un concepto unitario de interpretación (p. 225). 

TEMARIO DE EXAMEN SEMESTRAL DE HERMENEUTICA JURIDICA (FINAL) - ABRIL DE 2024

Dia lunes 30 de abril de 2024 (Oral o escrito) I. Teoría General de la Interpretación:  1. Concepto de Interpretación. ¿Cuál es el concepto de hermenéutica o interpretación ?  (Interpretación como dotar de significado, explicación ejecución y traducción. Diferencie) 2. ¿Cuándo surge el concepto de interpretación jurídica?  Ver por  aquí.    3. ¿Porqué resulta relevante cuando se estudia la interpretación del "derecho" ? entrar a la pregunta ¿Qué es derecho?. La idea de derecho como una palabra que puede ser vaga (varias acepciones) o ambigua (ninguna de las características que se establecen para cumplir con el término es absoluta).  4. ¿Según Raz en su libro "Entre autoridad e interpretación" porqué es importante en el concepto de interpretación las ideas de (i) continuidad, (ii) autoridad, (iii) equidad y (iv) desarrollo jurídico ?  5. En teoría de la interpretación en general se tiene en cuenta los llamados usos lingüísticos o convenciones siguiendo las ideas filo

Clase 2. HISTORIA DE LA INTERPRETACIÓN

   1. Historia de la interpretación a. Romanos del pretor a la codificación y luego al Imperio b. La alta Edad Media – los glosadores – escolástica – interpretación escolástica de Santo Tomás – Predomina un concepto de interpretación sobre qué es lo justo a partir de la idea divina o iusnaturalismo teológico se debe buscar si las cosas son buenas o malas por sí mismas (justas). Lo determina finalmente el poder eclesiástico, el clero y la teología ya que no se puede conocer la voluntad de Dios directamente c. La baja Edad Media – Duns Escoto – Guillermo de Ockham – Tesis voluntaristas sobre la justicia como ultima ratio de la interpretación es Dios el que dice el que determina qué es lo bueno o lo malo de una cosa. Empieza a ser critica la idea de que la interpretación de lo justo lo realice una sola instancia d. La interpretación en las monarquías absolutas – Jean Bodin y Hobbes – Se empieza a dar relevancia a la ley humana – ley positiva formulada por el monarca y cuando hubiera duda